REDIM rechaza enérgicamente las decisiones de la justicia electoral mexicana contrarias al interés superior de la niñez que avalan que el partido Movimiento Ciudadano continúe explotando comercialmente a un niño indígena

01 / diciembre / 2021

– Las decisiones adultocéntricas de magistradas y magistrados electorales crean un grave precedente para que otros partidos políticos se beneficien económicamente con las infancias excluidas

– Las decisiones mayoritarias en las instancias electorales muestran como los intereses políticos y económicos siguen estando por encima de los derechos de la infancia

– REDIM recurrirá a instancias internacionales para denunciar al Estado mexicano y seguirá luchando porque los partidos políticos no exploten a niñas y niños.

La Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) expresa su más profundo rechazo a la decisión emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en contra de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes durante el desarrollo de procesos electorales, en el caso del niño indígena usado y explotado comercialmente por el partido político Movimiento Ciudadano.

El 01 de diciembre la Sala Superior del Tribunal Electoral decidió como improcedente la revisión de la sentencia en la que se libera de sanción al partido político Movimiento Ciudadano por la utilización y explotación de un niño indígena en sus campañas electorales. La improcedencia se fundamenta en la presentación extemporánea del recurso por parte de REDIM, sin embargo, como se ha documentado el recurso no pudo presentarse porque no había personal del Tribunal para recibir el documento. Esto a pesar de que la ley establece que pueden recibirse documentos las 24hrs del día.

El Magistrado Indalfer Infante Gonzales, encargado del proyecto, argumentó que la presentación del recurso al día siguiente a las tres de la tarde significaba extender “mucho” el plazo. No obstante, se trata de una interpretación arbitraria que no toma en consideración la obligación de los tribunales de proteger el interés superior de la niñez y resolver conforme al principio pro persona.

Lamentamos que se sobrepongan criterios procesales ambiguos sobre la protección de los derechos de la infancia en el país y que a pesar de que el acceso a la justicia para la niñez es sumamente complejo en México, los magistrados pongan trabas en lugar de cumplir con su deber constitucional de protección.

Recordemos que este caso paradigmático data desde el proceso electoral de 2018, cuando el partido político Movimiento Ciudadano mostró su falta de ética política y decidió explotar como “producto mercadológico” a un niño indígena brillante y talentoso, como su imagen de campaña electoral.

En aquel momento, la REDIM alertó sobre las graves implicaciones que tenía el uso instrumental de éste niño por sus características de vulnerabilidad y desprotección por parte de una entidad política que, con recursos públicos, ganaba dinero a través de los talentos y de la condición de exclusión de este pequeño.

En 2019 logramos que el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial emitiera tanto resoluciones como lineamientos que limitaban el uso de niños, niñas y adolescentes en procesos electorales, por lo que sólo se acepta su participación si se abordaban temas relativos a derechos de la infancia.

El tema central de este grave hecho es el dinero público que el partido Movimiento Ciudadano gana con la explotación del niño indígena, nuevamente en las elecciones del año 2021, violando los lineamientos emitidos por las instituciones electorales; teniendo la garantía de impunidad que inunda al país en todos los ámbitos y donde niños, niñas y adolescentes son víctimas.

Después de varias batallas con los organismos electorales locales, el Instituto Nacional Electoral decide retomar el tema y brindar un máximo nivel de protección para ese niño y sancionar, finalmente, al partido político Movimiento Ciudadano.

Lamentablemente, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a quien acudimos en búsqueda de proteger a las infancias, violó las garantías judiciales del proceso al aceptar el mismo día pruebas fuera de tiempo. Particularmente, revictimizando al niño que fue usado por el partido Movimiento Ciudadano, a través de videos donde el niño expresa sentirse preocupado por una resolución en contra del partido, dejando en evidencia explícita cómo el partido político está explotando al niño para priorizar sus intereses políticos y económicos.

La Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) ha denunciado y seguirá denunciando el uso y la explotación comercial que ha hecho el partido Movimiento Ciudadano sobre éste y otros niños indígenas en la elección del 2021.

Lamentamos profundamente que en la Sala Especializada la magistrada Gabriela Villafuerte permitiera que privarán otros intereses políticos y electorales que en nada toma en cuenta el principio constitucional del interés superior de la niñez. Es más grave aún que en la Sala Superior cuatro magistrados, particularmente el ponente, Indalfer Infante Gonzales, decidieran usar un argumento de extemporaneidad sobre el recurso de revocación que presentó REDIM en contra de la determinación de la Sala Especializada y la protección del interés superior de la niñez. Una postura con las que las propias autoridades violaron el artículo 4to de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos que establece el interés superior de la niñez en cualquier decisión del Estado y sus representantes ante las instituciones del Estado mexicano, además de los tratados internacionales suscritos en materia de derechos de la infancia.

Es importante recordar que las autoridades electorales no están fuera de la obligación de cumplir con los mandatos constitucionales y aplicar la máxima protección del control difuso con los tratados internacionales. Al no revisar la sentencia impugnada, el tribunal confirma que esta bien la usar como argumento la simple autorización por escrito del padre para que un niño o adolescente sea utilizado por los partidos políticos sin la protección adecuada. Esta es una visión adultocéntrica que sigue viendo a la niñez como propietaria de los padres, lo que viola gravemente la constitución mexicana y deja en claro que éstos magistrados tienen otros intereses que no son proteger nuestra constitución y en especial, a niños, niñas y adolescentes.

Felicitamos a los magistrados, presidente Reyes Rodríguez Mondragón, Janin Otálora Malassi, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y el voto particular que emitió el magistrado Luis Espíndola Morales en la sentencia sre-psc-186/2021, quienes sí asumieron esta máxima protección en la interpretación de la ley. Lamentamos profundamente que la magistrada, Mónica Aralí Soto Fregoso, quien se mostró en la audiencia pública como una gran comprometida para defender los derechos de las mujeres en México, se dejara imponer otros intereses contrarios a la protección de las niñas, niños y adolescentes mexicanos en esta decisión.

La decisión divida que se tomó este miércoles 1 de diciembre de 2021 en la Sala Superior, sienta un mal precedente para todos los niños, niñas y adolescentes en México que queda en estado de indefensión frente a los institutos políticos, quienes desde ahora encontrarán en esta mala práctica, como la hecha por el partido del Movimiento Ciudadano, un nuevo recurso para explotar política y comercialmente a los niños, niñas y adolescentes, en especial a los más excluidos.

La Red por los Derechos de las Infancia en México, REDIM, las organizaciones de la sociedad civil y los defensores y defensoras de los derechos humanos y de niñas, niños y adolescentes en México recurriremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas por las graves violaciones a la Carta Americana de Derechos Humanos y a la Convención sobre los Derechos del Niño ante los cuales hay que recordar que el Estado mexicano está próximo a ser examinado ante él. Éste caso será sin duda un ejemplo paradigmático para exhibir internacionalmente cómo las autoridades mexicanas violan impúgnenme los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Reiteremos la invitación al Instituto Nacional Electoral para que mejore los lineamientos en procesos electorales, genere garantías de no repetición de violación a los derechos de la niñez y busque, a su vez, los mecanismos de protección, tomando en cuenta lo ocurrido en este caso concreto como el del niño indígena que está siendo explotado comercialmente por el partido Movimiento Ciudadano.

Llamamos a los y las integrantes de este partido a reconsiderar su actuar antiético y violatorio a la constitución y a apegarse a los altos estándares que establece los mandatos constitucionales y tratados internacionales en materia de derechos de la niñez. La Red por los Derechos de las Infancia en México, REDIM, continuará exhibiendo este caso paradigmático como una grave violación en contra los derechos de niñas, niños y adolescentes por parte de los institutos electorales y que no quedará el silencio de nuestra parte hasta lograr el reconocimiento de su protección.

Tania Ramírez

Directora Ejecutiva

Red por los Derechos de la Infancia en México

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