- La difusión de imágenes de niñas, niños y adolescentes debe hacerse únicamente conforme al interés superior de la niñez y con un enfoque de derechos humanos.
- Exponer rostros e historias en plataformas digitales deja una huella imborrable sobre las vidas de niños y niñas en condición de vulnerabilidad.
La Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) reitera su preocupación por el uso, exposición y frecuente difusión de imágenes de niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situación de vulnerabilidad, y bajo la protección del Estado mexicano, a manos de servidores públicos que ejercen sus cargos en Nuevo León, quienes de manera constante publican fotos y contenidos que atentan contra la garantía a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Es obligación del Estado mexicano, y en especial de las personas que ejercen como funcionarias públicas, entender que deben respetar el marco jurídico que involucra los derechos que tienen las infancias. Entre ellos, los relacionados a la exposición de niñas, niños y adolescentes, la cual debe hacerse únicamente conforme a la protección del interés superior de la niñez y con un enfoque de derechos humanos. Rechazamos la constante publicación de fotos y contenidos de niños, niñas y adolescentes que sigue haciendo como servidora pública la titular de la Oficina “AMAR a Nuevo León”, y también esposa del Gobernador de dicho estado. Tanto ella como cualquier otra persona que ejerza algún cargo como servidora pública está obligada, de manera constitucional y conforme a los artículos 1ro y 4to, a proteger y garantizar los derechos niñas, niños y adolescentes.
Del mismo modo, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes prohíbe en sus artículos 68 y 80 la difusión de imágenes de niñez, en particular cuando se trata de niñas, niños y adolescentes víctimas, bajo responsabilidad jurídica del Estado o autoridad local. Por ningún motivo, niños, niñas y adolescentes pueden ser expuestos a cualquier forma que pueda revictimizarles.
Reclamamos también que se reincida en la utilización de la niñez y adolescencia como objetos publicitarios por parte de personas servidoras públicas en el estado de Nuevo León. Queremos dejar claro además, que la exposición y difusión de la vida privada e intimidad de cualquier niño, niña y adolescente en situación de vulnerabilidad, constituye un abuso de poder e injerencia de las autoridades de Nuevo León sobre su derecho a la privacidad.
Urge entender que este tipo de actuaciones aumenta la vulnerabilidad de niños, niñas y adolescentes, quienes ya requieren una atención y protección especial del Estado. Exponer sus rostros y sus historias, de manera continua, lamentablemente ya ha dejado una huella digital imborrable que afecta las vidas de esos niños y niñas, lo que va en detrimento de sus derechos fundamentales y dignidad como personas al ser utilizados como objetos de propaganda.
REDIM le recuerda también a las instituciones, sus autoridades, así como a medios de comunicación y a la ciudadanía en general que existen múltiples maneras de concienciar sobre el grave problema de la violencia y el maltrato infantil, sin la necesidad de exponer a las víctimas, mediante acciones que terminan revictimizando o peor aún, en algunos casos, haciendo burlas con sobrenombres respecto a situaciones que caracterizan a la niñez. Estas acciones afectan la vida privada, la participación, dignidad, voluntad, decisión y desarrollo pleno de las niñas, niños y adolescentes, pues denunciar la violencia a través de otros actos de violencia nunca va a terminar con el ciclo. El Estado y la sociedad deben tener presente que niños, niñas y adolescentes son personas sujetas de derechos.
Por lo tanto, todas las autoridades están obligadas a actuar conforme a la máxima protección del interés superior de la niñez. Al respecto, instamos también a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León y la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León para que determinen las responsabilidades correspondientes. Quienes incurran e incluso reinciden en la afectación a los derechos de las infancias deben ser sancionados, de acuerdo con la ley de responsabilidades administrativas que rige a los servidores públicos, y en tribunales correspondientes, pues se sigue causando un grave daño moral.
No obstante, desde REDIM nos ponemos a disposición de las autoridades de Nuevo León para orientarles sobre el marco jurídico que protege a las infancias y cómo pueden prevenir más violaciones a los derechos humanos, en particular de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo la protección del Estado mexicano.
Tania Ramírez Hernández
Directora Ejecutiva de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM).